A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Gambez Coronado Ricardo Luis·Demandado Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y seis Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia versa sobre el conocimiento de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por un ciudadano en contra de la Administradora de Pensiones, con el fin de que se declarara la nulidad de la resolución que revoca el acto administrativo por medio de la cual se reconoció una pensión de invalidez a favor del demandante.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte resolvió que la jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral, es la competente para conocer un proceso promovido por un trabajador privado que busca obtener la nulidad de una resolución en la que se decidió sobre su derecho a la seguridad social, originado en una relación de trabajo con una entidad privada.
Lo anterior, con fundamento en la cláusula general de competencia de la jurisdicción ordinaria laboral en materia de seguridad social, contenida en el artículo 2º del CPTSS.
En consecuencia, remitió el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Cuarenta y seis Administrativo Oral del Circuito de Bogotá y el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda promovida por Ricardo Luis Gómez Coronado en contra de Colpensiones.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1821 al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y Juzgado Cuarenta y Seis Administrativo Oral del Circuito de Bogotá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.